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Informe técnico-documental · Secretaría Técnica

Contrataciones de servicios tecnológicos vinculadas a Ricardo Augusto Cubas Mazuelos (2023–2025)

Informe Personal N.º 00003-2026-SUNARP SEDE CENTRAL/DEBR
Santiago de Surco, 20 de setiembre de 2026
7secuencias contractuales
8numeraciones de OS
S/ 79,833.33monto contractual registrado
7 / 7sin trazabilidad OTI localizada
Documento de consulta

Informe Personal N.º 00003-2026-SUNARP SEDE CENTRAL/DEBR

ParaSECRETARÍA TÉCNICA DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DISCIPLINARIOS – SUNARP SEDE CENTRAL
DeDiego Enrique Bautista Retamozo · Analista de Sistemas de la Plataforma Educativa - SUNARP – Sede Central
AsuntoPuesta en conocimiento de hechos y solicitud de evaluación preliminar respecto de presuntas irregularidades en contrataciones de servicios tecnológicos vinculadas al proveedor Ricardo Augusto Cubas Mazuelos (2023-2025)
Referencias documentales del informe
  1. Carta N.º 20-2026/SUNARP SEDE CENTRAL/DEBR, de 17/09/2026.
  2. Informe Personal N.º 00002-2026-SUNARP SEDE CENTRAL/DEBR, de 17/09/2026.
  3. Anexos Técnicos del Informe Personal N.º 00002-2026-SUNARP SEDE CENTRAL/DEBR.
  4. Carta N.º 03-2026/SUNARP SEDE CENTRAL/DEBR – Exp. E-00-2026-029519.
  5. Carta N.º 14-2026/SUNARP SEDE CENTRAL/DEBR – Exp. E-00-2026-058633.
  6. Carta N.º 00620-2026-SUNARP/OA y Memorándum N.º 01244-2026-SUNARP/OTI.
  7. Matriz “Consolidado de Hallazgos y Evidencias SFR 2023-2026”.
  8. Carta N.º 001-2025-AJOG y Carta N.º 00698-2025-SUNARP/OA/UAP.
  9. Declaración testimonial de Marcela Julissa Coronel Olaechea obrante en expediente STPAD.
Delimitación: este informe se refiere únicamente a las Órdenes de Servicio y requerimientos asociados. El Concurso CAS N.º 13-2026 no forma parte del objeto de esta comunicación y, de corresponder, será desarrollado por separado.
I

Base Normativa Aplicable

Para efectos de la evaluación disciplinaria, los hechos descritos en el presente informe se exponen frente al marco normativo y administrativo vigente en los periodos analizados, sin efectuar una tipificación definitiva ni anticipar responsabilidad individual, materias que corresponden a la Secretaría Técnica dentro de sus competencias.

1. Régimen disciplinario del servicio civil: Ley N.º 30057, Ley del Servicio Civil, y su Reglamento General aprobado por D.S. N.º 040-2014-PCM, en cuanto regulan la evaluación de presuntas faltas disciplinarias y la determinación individual de responsabilidad.
2. Código de Ética de la Función Pública: Ley N.º 27815, como marco de deberes y principios funcionales vinculados al uso diligente de recursos públicos y al ejercicio de la función pública.
3. Normativa de contrataciones: Texto Único Ordenado de la Ley N.º 30225 y su Reglamento para los hechos correspondientes a 2023-2024; y Ley N.º 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, junto con su Reglamento aprobado por D.S. N.º 009-2025-EF, para el periodo 2025, según corresponda a cada requerimiento.
4. Directivas internas SUNARP: DI-001-OAB-OGA, aprobada por Resolución N.º 096-2019-SUNARP/GG; y DI-002-UAP-OA, en las versiones vigentes durante la tramitación de cada contratación. Para las contrataciones informáticas de 2024 resultan especialmente relevantes las reglas que identifican a OTI como área técnica, prevén coordinación/visado con el área especializada y contemplan la incorporación de la validación técnica al expediente.
5. Gobernanza tecnológica: Decreto Legislativo N.º 1412, Ley de Gobierno Digital, como marco general de gobernanza y gestión de tecnologías en las entidades públicas.

Criterio de cautela jurídica: la presente comunicación no sostiene que la sola reiteración de órdenes, la ausencia documental de OTI o la existencia de requisitos específicos configuren por sí mismas una falta disciplinaria. Se solicita que dichos elementos sean evaluados conjuntamente con las funciones de cada interviniente, la norma vigente en cada fecha, el expediente original y la ejecución material de los servicios.

II

Objeto Y Delimitación Del Informe

El presente informe tiene por objeto poner en conocimiento de la Secretaría Técnica hechos y documentación que evidenciarían presuntas irregularidades en la formulación, validación, tramitación y ejecución de sucesivos servicios tecnológicos de la Subdirección de Formación Registral (SFR) vinculados al proveedor Ricardo Augusto Cubas Mazuelos durante el periodo 2023-2025.

El análisis se concentra en cuatro ejes: (i) continuidad temporal y funcional de las contrataciones y eventual segmentación de una necesidad recurrente; (ii) ausencia de trazabilidad de remisión, revisión o validación técnica por parte de la Oficina de Tecnologías de la Información (OTI); (iii) diferencias preliminares entre la denominación o alcance formal de determinados TDR y las actividades materialmente identificadas; y (iv) evolución de requisitos de experiencia, capacitación y facturación cuya razonabilidad y efecto sobre la concurrencia requieren contraste.

Delimitación expresa: este informe se refiere únicamente a las Órdenes de Servicio y requerimientos asociados. El Concurso CAS N.º 13-2026 no forma parte de la imputación materia del presente documento y será, de corresponder, objeto de una comunicación independiente. Cualquier referencia al CAS se limita a contexto y no integra el objeto de esta denuncia.

III

Antecedentes Y Fuentes Documentales

Los hechos aquí desarrollados fueron advertidos inicialmente dentro de un conjunto más amplio de contrataciones tecnológicas comunicadas al Órgano de Control Institucional. La documentación obtenida posteriormente de la Oficina de Administración/Unidad de Abastecimiento y Patrimonio y de la OTI permitió reconstruir expedientes, trazabilidad SGD, clasificación SIGA, responsables de validación y ausencia de intervención técnica identificada. Para el presente informe se ha aislado únicamente la secuencia correspondiente al proveedor Ricardo Cubas.

FUENTE / HITO DOCUMENTALUTILIDAD PARA LA EVALUACIÓN STPAD
Expedientes integrales OA/UAP obtenidos a partir de la Carta N.º 03-2026.Permiten identificar TDR, pedidos SIGA, propuestas, indagación de mercado, validaciones del área usuaria, OS, entregables y conformidades.
Carta N.º 14-2026, Carta N.º 00620-2026-SUNARP/OA y Memorándum N.º 01244-2026-SUNARP/OTI.Permiten contrastar la remisión, revisión y/o validación técnica de OTI respecto de los requerimientos consultados.
Matriz “Consolidado de Hallazgos y Evidencias SFR 2023-2026”.Integra fechas, montos, clasificación SIGA, trazabilidad SGD, intervinientes, requisitos, funciones, ejecución identificada y enlaces a los expedientes fuente.
Carta N.º 001-2025-AJOG y Carta N.º 00698-2025-SUNARP/OA/UAP.Aportan un caso concreto sobre el efecto de los requisitos del TDR de la OS N.º 263-2025 en la evaluación de un proveedor participante.
Declaración testimonial de Marcela Julissa Coronel Olaechea.Contiene referencias expresas a los cuestionamientos previamente comunicados sobre la contratación de Ricardo Cubas y la intervención de OTI; su uso en este informe se limita a ese extremo objetivo.
IV

Secuencia Contractual Vinculada Al Proveedor Ricardo Cubas

La documentación consolidada identifica siete (07) contrataciones o secuencias contractuales vinculadas al mismo proveedor entre 2023 y 2025. Una de ellas fue instrumentada mediante las OS N.º 533-2024 y N.º 39-2025 por continuidad presupuestal, por lo que existen ocho numeraciones de orden dentro de siete requerimientos materiales. El monto conjunto registrado asciende a S/ 79,833.33.

TDR / OSOBJETO RESUMIDOPERIODO APROX.MONTOOTI
14/06/2023
OS 376-2023
Gestión de plataformas web y soporte técnico SFR10/07/2023 - 06/03/2024S/ 20,000.00Sin trazabilidad
02/02/2024
OS 110-2024
Apoyo técnico para curso virtual SIGM09/02/2024 - 28/06/2024S/ 12,500.00Sin trazabilidad
11/07/2024
OS 340-2024
Diseño e implementación de plataforma virtual SIGM15/07/2024 - 13/09/2024S/ 5,000.00Sin trazabilidad
11/09/2024
OS 422-2024
Actualización y mejora de plataforma SIGM17/09/2024 - 16/11/2024S/ 3,333.33Sin trazabilidad
04/11/2024
OS 533-2024 / 39-2025
Soporte técnico para Biblioteca Registral Digital19/11/2024 - 18/04/2025S/ 15,000.00Sin trazabilidad
07/05/2025
OS 263-2025
Actualización y mejora de plataforma SIGM17/05/2025 - 14/09/2025S/ 12,000.00Sin trazabilidad
02/09/2025
OS 378-2025
Asistencia técnica SIGM y Biblioteca Registral Digital12/09/2025 - 31/12/2025S/ 12,000.00Sin trazabilidad

Indicador temporal preliminar: a partir de las fechas aproximadas registradas en la matriz, los servicios abarcan 857 de los 906 días comprendidos entre el 10/07/2023 y el 31/12/2025 (aprox. 94.6%). El cálculo es meramente descriptivo y debe ser validado contra las fechas contractuales originales. La secuencia presenta, además, superposición aproximada entre las OS 376-2023 y 110-2024, y entre las OS 263-2025 y 378-2025; asimismo, los TDR de las OS 422-2024 y 533-2024 fueron formulados antes de culminar las prestaciones inmediatamente precedentes.

Precisión documental posterior. El Anexo 02 registra la Adenda N.º 01 de la OS 376-2023 con fecha de conclusión 22/12/2023 y deja constancia de que la fecha 06/03/2024 correspondía a la proyección preliminar derivada del plazo inicial de 240 días. Para el contraste cronológico actualizado debe priorizarse el Anexo 02.
V

Análisis de hechos materia de evaluación disciplinaria

Hallazgo N.º 1: Continuidad funcional y temporal; indicios que ameritan evaluar una eventual segmentación de una necesidad tecnológica recurrente

  • Hecho documental: Los siete requerimientos se vinculan a gestión, soporte, diseño, implementación, actualización o asistencia técnica sobre plataformas web de la SFR, principalmente SIGM, Biblioteca Registral Digital y plataformas institucionales relacionadas. La prestación se mantuvo prácticamente continua durante el periodo reconstruido y recayó reiteradamente en el mismo proveedor.
  • Secuencias especialmente relevantes: la OS 340-2024 diseñó e implementó una plataforma SIGM y fue seguida, a pocos días, por la OS 422-2024 para actualizar y mejorar la misma plataforma. El TDR de la segunda fue fechado el 11/09/2024, antes del término aproximado de la primera (13/09/2024). De forma similar, la OS 378-2025 inició aproximadamente el 12/09/2025 cuando la OS 263-2025 tenía término aproximado el 14/09/2025.
  • Elemento de solapamiento: según la matriz, la OS 110-2024 se inició el 09/02/2024 mientras la OS 376-2023 tenía término aproximado el 06/03/2024. Este dato requiere contraste con entregables y periodos facturados para determinar si existió coexistencia de prestaciones materialmente diferenciadas o superposición funcional.
  • Previsibilidad y transición normativa (Ley N.º 32069): Resulta de especial relevancia evaluar los requerimientos del periodo 2025 a la luz del principio de planificación, eficiencia y maximización del valor de los recursos públicos de la Ley General de Contrataciones Públicas. Bajo este marco, la prohibición de fraccionamiento sanciona la división de una necesidad materialmente previsible, recurrente y homogénea. La secuencia de las OS 263-2025 y 378-2025 evidencia la aplicación de un esquema fragmentado de contratación menor para la operatividad permanente de una misma plataforma (SIGM), lo que habría impedido programar integralmente los servicios tecnológicos del ejercicio fiscal.
  • Aspecto para determinar por STPAD: si cada contratación respondió a una necesidad autónoma, temporal y justificable o si, por el contrario, la SFR atendió de manera sucesiva una necesidad previsible, recurrente o estructural mediante requerimientos separados. La suma de montos de distintos ejercicios presupuestales no se utiliza por sí sola para afirmar fraccionamiento; el análisis debe centrarse en identidad funcional, previsibilidad, oportunidad, continuidad y documentación de la necesidad.

Hallazgo N.º 2: Ausencia reiterada de trazabilidad de intervención técnica de OTI

  • Hecho transversal: En los siete requerimientos vinculados al proveedor no se ha ubicado evidencia de remisión, revisión, validación, visado o pronunciamiento técnico de la Oficina de Tecnologías de la Información (OTI). Esta ausencia fue contrastada formalmente mediante la respuesta institucional vinculada a la Carta N.º 14-2026 (Exp. E-00-2026-058633).
  • Naturaleza tecnológica de los servicios: Las OS 376-2023, 533-2024/39-2025, 263-2025 y 378-2025 se asocian en la matriz a códigos SIGA del Grupo 17 / Clase 1701 (servicios de Ingeniería de Sistemas/software). Asimismo, aunque las OS 110-2024, 340-2024 y 422-2024 utilizaron una clasificación SIGA genérica, sus TDR comprenden el diseño de plataformas web, WordPress, Moodle, bases de datos y soporte técnico especializado.
  • Análisis técnico y transición normativa:
  • Periodo 2023: El TDR de la OS 376-2023 fue visado bajo la DI-001-OAB-OGA, un día antes de la entrada en vigor de la DI-002-UAP-OA V.01 (15/06/2023), cuyo numeral 8.2 disponía expresamente la adecuación técnica de los requerimientos en trámite.
  • Periodo 2024: Para las OS 110, 340, 422 y 533 se encontraba vigente la DI-002-UAP-OA V.02, cuyos numerales 7.1.5, 7.1.6, 7.2.11.e y 7.2.17.e regulaban de manera obligatoria la validación técnica del expediente informático por parte de la OTI.
  • Aspecto para determinar por STPAD: Si las validaciones internas localizadas en la SFR (referidas únicamente a cotizaciones o perfiles por los servidores del área usuaria) pretendieron sustituir indebidamente el control técnico institucional de OTI; y determinar las responsabilidades funcionales por omitir un circuito técnico obligatorio fijado en las directivas de la SUNARP.

Hallazgo N.º 3: Presunta incongruencia entre la delimitación formal de determinados TDR y la ejecución material identificada

  • Hecho documental: La matriz registra de manera reiterada como actividad real la “gestión transversal de plataformas web de la SFR (SCR, CADER, BIBLIOTECA, SGA)”, mientras que los TDR de las contrataciones analizadas se presentaban formalmente acotados a un único sistema (SIGM o Biblioteca Registral Digital).
  • Desnaturalización materializada por órdenes:
  • OS 110-2024: Formulada formalmente como un simple "apoyo técnico" para el curso SIGM, pero su TDR incluyó la administración, desarrollo, revisión de estructura y mejoramiento técnico general de entornos informáticos del área.
  • OS 263-2025 y 378-2025: Formuladas exclusivamente sobre SIGM y Biblioteca, pero la ejecución material identificada alcanzó la gestión, desarrollo de código y emisión de certificados en plataformas ajenas al objeto nominal.
  • Riesgo legal identificado: Si se verifica que las prestaciones reales excedieron sistemáticamente el objeto contratado, se habría incurrido en una desnaturalización del servicio de locación para cubrir funciones de carácter permanente de la entidad.
  • Aspecto para determinar por STPAD: Si las conformidades de servicio emitidas reflejaron fielmente las prestaciones contractuales pactadas o si, por el contrario, se validaron y pagaron actividades ajenas al alcance formal, correspondiendo evaluar la actuación de quienes definieron los TDR, coordinaron la ejecución y otorgaron la conformidad.

Hallazgo N.º 4: Evolución de requisitos del proveedor y necesidad de evaluar su razonabilidad y efecto sobre la concurrencia

  • Hecho documental: Los TDR examinados incorporan, a lo largo del periodo 2023-2025, una progresiva acumulación y modificación de requisitos específicos de formación, experiencia acumulada, cursos de capacitación y umbrales mínimos de facturación.
  • Análisis comparativo de la progresión: El núcleo del perfil técnico varió de una base técnica amplia en 2023 hacia umbrales económicos obligatorios en 2024 y 2025 (facturaciones mínimas de S/ 25,000, S/ 15,000 y S/ 20,000).
  • Caso de contraste competitivo (OS 263-2025): Conforme a las Cartas N.º 001-2025-AJOG y N.º 00698-2025-SUNARP/OA/UAP, el postulante Alan Ortiz fue descartado formalmente del proceso por acreditar S/ 12,500 en lugar del umbral de S/ 15,000 exigido en el TDR, lo que demuestra que el factor económico operó de forma estrictamente excluyente.
  • Contraste posterior de neutralidad (OS 96-2026): En enero de 2026, tras eliminarse los requisitos de capacitación en Gestión Pública y modificarse los umbrales económicos, ambos postores resultaron técnicamente aptos, adjudicándose el servicio a Alan Ortiz.
  • Aspecto para determinar por STPAD: Si las modificaciones sucesivas de los TDR respondieron a criterios de necesidad y proporcionalidad técnica de la SUNARP o si operaron como barreras de acceso orientadas a favorecer el perfil consolidado del proveedor recurrente, vulnerando el principio de libertad de concurrencia.

Hallazgo N.º 5: Intervención funcional recurrente e individualización preliminar de actuaciones

  • Hecho documental: La revisión de los expedientes integrales de la Oficina de Administración (OA/UAP) permite identificar de manera individualizada las actuaciones materiales de la jefatura de la SFR y de cinco servidores en los actos preparatorios y de conformidad:
  • Detalle de servidores identificados:
  • Carmen Salomé Sandoval Pinto (Jefatura SFR): Autora, firmante y remitente de los TDR y requerimientos de las siete secuencias; firma de conformidades y encargo de validación de postores.
  • Marcela Julissa Coronel Olaechea (Servidora SFR): Validación directa de propuestas y cotizaciones en las OS 376-2023 y 110-2024 por delegación expresa de la jefatura.
  • Amador Zafra Reyes (Especialista SFR): Validación de propuestas en las OS 340-2024 y 422-2024; visado del TDR de la OS 378-2025 e intervención operativa.
  • Carla Carmen Vargas Vértiz (Servidora SFR): Revisión de propuestas de tres postores y validación del perfil del adjudicatario en las OS 533-2024/39-2025.
  • Gilmer Flores Quispe (Especialista Legal SFR): Verificación y evaluación del perfil de proveedores en la OS 263-2025.
  • Deslinde del Órgano de Contrataciones (UAP/OEC): Se identifica su participación en la indagación de mercado y emisión de órdenes. Corresponde analizar su rol frente a la directiva DI-002-UAP-OA V.02, la cual asignaba al OEC el deber de exigir la validación del área técnica (OTI).
  • Aspecto para determinar por STPAD: Delimitar la responsabilidad administrativa de cada interviniente de acuerdo con sus funciones específicas y las normas vigentes a la fecha de cada actuación, evitando imputaciones colectivas o automáticas por la mera recepción de comunicaciones en copia.

Hallazgo N.º 6: Existencia de advertencias previas y referencia al caso Ricardo Cubas dentro de una declaración testimonial anterior

  • Hecho documental: Los cuestionamientos sobre la continuidad del proveedor, la falta de filtros de OTI y la incongruencia de los TDR fueron informados internamente mediante correos institucionales remitidos entre septiembre de 2025 y enero de 2026 a la jefatura de la SFR, la Oficina de Recursos Humanos y la Dirección de Técnica Registral (DTR).
  • Elemento de juicio testimonial (Exp. ST/SC N.º 148-2025): En su declaración testimonial, la servidora Marcela Julissa Coronel Olaechea reconoció de manera expresa la existencia de un correo remitido por el suscrito donde se advertía que “una orden de servicio no ha pasado por la verificación de OTI” vinculada a “una contratación de un joven, Ricardo Cubas”.
  • Valoración de la evidencia: Este hecho no se aporta como prueba autónoma de responsabilidad, sino como elemento objetivo de control que acredita el conocimiento previo y formal de la controversia por parte de los intervinientes.
  • Aspecto para determinar por STPAD: Evaluar si las autoridades y servidores que recibieron las alertas oportunas adoptaron las medidas de control, corrección o regularización correspondientes, o si permitieron la continuidad del circuito observado.
VI

Conclusiones Técnico-Documentales

  1. Patrón contractual verificable: se han identificado siete secuencias contractuales vinculadas al mismo proveedor entre 2023 y 2025, por S/ 79,833.33, destinadas de manera reiterada a la gestión, soporte, diseño, implementación o actualización de plataformas web de la SFR.
  2. Continuidad temporal relevante: la reconstrucción preliminar muestra una cobertura aproximada del 94.6% del periodo comprendido entre el primer inicio y el último término registrado, además de solapamientos y formulación de requerimientos sucesores antes de concluir servicios previos. Estos elementos justifican determinar si existió una necesidad estructural o recurrente atendida mediante contrataciones sucesivas.
  3. Ausencia transversal de OTI: en ninguno de los siete requerimientos se ha ubicado intervención técnica de OTI en la documentación consolidada. Para 2024, los TDR se tramitaron bajo una directiva que identificaba a OTI como área técnica para servicios informáticos; para 2023 y 2025 corresponde precisar el efecto de las normas transitorias y del régimen específico aplicable a cada expediente.
  4. Diferencia entre validación del proveedor y validación técnica institucional: las validaciones efectuadas por servidores de la SFR sobre cotizaciones o perfiles no equivalen documentalmente a una revisión o V.° B.° técnico de OTI. Esta distinción debe conservarse en la evaluación de responsabilidades.
  5. TDR versus ejecución material: existen elementos que ameritan contrastar si servicios formalmente acotados a SIGM o Biblioteca fueron utilizados para una gestión transversal de plataformas SFR y si las conformidades emitidas reflejaron las prestaciones realmente contratadas.
  6. Requisitos y concurrencia: la sucesión de TDR evidencia reiteración y variación de requisitos de cursos, experiencia y facturación. El caso de la OS 263-2025 demuestra que el umbral de facturación tuvo un efecto excluyente concreto; no obstante, la hipótesis de direccionamiento debe ser verificada con el CV/propuestas de Ricardo Cubas, versiones de TDR y sustento técnico de cada requisito.
  7. Necesidad de individualización: la intervención recurrente de la jefatura de la SFR y las validaciones efectuadas por Marcela Coronel, Amador Zafra, Carla Vargas y Gilmer Flores permiten delimitar actuaciones concretas para una precalificación disciplinaria, sin perjuicio de examinar la intervención que correspondió a UAP/OEC.
  8. Advertencia previa de los hechos: la declaración testimonial incorporada acredita que los cuestionamientos sobre la contratación de Ricardo Cubas y la falta de intervención de OTI habían sido comunicados con anterioridad. Este antecedente debe valorarse exclusivamente como conocimiento del cuestionamiento y no como prueba autónoma de responsabilidad.
VII

Solicitud A La Secretaría Técnica

En mérito a los hechos y documentación descritos, solicito que la Secretaría Técnica, dentro de sus atribuciones y respetando el debido procedimiento:

  1. Precalificación de los hechos: evalúe si las actuaciones descritas presentan mérito suficiente para iniciar las diligencias de precalificación y, de corresponder, recomendar el inicio del procedimiento administrativo disciplinario respecto de los servidores o funcionarios cuya intervención sea individualmente acreditada.
  2. Incorporación y preservación documental: requiera y preserve los expedientes originales de las OS N.º 376-2023, 110-2024, 340-2024, 422-2024, 533-2024/39-2025, 263-2025 y 378-2025, incluyendo todas las versiones de TDR, pedidos SIGA, indagaciones de mercado, propuestas, CV, validaciones, entregables, conformidades y comunicaciones institucionales relacionadas.
  3. Verificación de la ruta técnica: contraste en SGD, correos institucionales y archivos de OTI si existió remisión, revisión, observación o validación técnica no incorporada a los expedientes remitidos; y determine qué órgano o servidor tenía el deber de solicitarla o emitirla conforme a la norma aplicable a cada fecha.
  4. Contraste de ejecución material: verifique entregables, correos, accesos administrativos, respaldos y registros técnicos institucionales para establecer qué plataformas fueron realmente intervenidas durante cada periodo y si existió superposición o ejecución de actividades ajenas al objeto formal contratado.
  5. Evaluación de requisitos y competencia: compare la evolución de los perfiles exigidos con los CV/propuestas de los participantes y con la necesidad técnica sustentada, a fin de determinar si los requisitos fueron razonables, proporcionales y neutrales o si generaron una restricción injustificada de concurrencia.
  6. Individualización de responsabilidades: diferencie la actuación de la jefatura del área usuaria, los servidores que validaron propuestas o TDR y el órgano encargado de las contrataciones, evitando atribuciones generales y determinando el deber funcional concreto que correspondía a cada interviniente.
VIII

Fuentes Y Acceso Digital De Respaldo

Los enlaces siguientes se consignan como índice auxiliar de consulta. La evidencia principal está constituida por los expedientes institucionales, documentos firmados, registros SGD y archivos originales bajo custodia de SUNARP.

Nota de integridad: los enlaces digitales se emplean como mecanismo auxiliar de consulta y organización. Cualquier conclusión sobre la ejecución material, la intervención de OTI o la responsabilidad funcional debe contrastarse con los documentos y registros originales bajo custodia institucional.

Índice documental y rutas de evidencia

Del hallazgo al documento fuente

Las tablas siguientes se alimentan de la hoja técnica del caso y permiten abrir directamente expedientes contractuales, respuestas institucionales y comunicaciones previas.

Preparando fuentes...
ÍNDICE AA. Órdenes de servicio y expedientes contractualesRutas directas hacia la carpeta general de cada OS y el expediente remitido institucionalmente. ÍNDICE BB. Solicitudes de información y respuestas institucionalesSolicitudes, respuestas oficiales y utilidad probatoria dentro del caso Ricardo Cubas. ÍNDICE CC. Correos y comunicaciones previasComunicaciones que permiten reconstruir advertencias previas y hechos relevantes para la evaluación. 1Identificación y naturaleza tecnológica de las contratacionesNaturaleza tecnológica, clasificación SIGA, régimen aplicable y resultado del contraste respecto de la intervención de OTI. 2Cronología, continuidad contractual y montoSucesión temporal de requerimientos, periodos, montos y proximidad entre prestaciones. 3Intervinientes y actuaciones funcionalesActuaciones documentadas en formulación, validación interna, evaluación de propuestas y tramitación. 3.1Síntesis de individualización preliminarResumen por servidor o interviniente y aspectos concretos que corresponde evaluar. 4Ruta de control técnico OTI vs. ruta documental identificadaDiferencia entre validación del área usuaria y revisión técnica institucional atribuida a OTI. 5Contraste entre TDR y ejecución material identificadaComparación entre objeto formal, funciones del TDR y actividades materialmente identificadas. 6Evolución de requisitos del perfilEvolución de formación, experiencia, cursos, facturación mínima y resultado documental de la evaluación. 7Contraste competitivo – participación de Alan OrtizEfecto concreto de determinados requisitos del TDR de la OS 263-2025 sobre otro participante. 8Comunicaciones previas y reiteración de advertenciasCorreos institucionales anteriores a la denuncia y su relación con continuidad, OTI, TDR y perfil. 8.1Delimitación de la declaración testimonialContraste documental del alcance de la declaración de Marcela Coronel.
ÍNDICE

Rutas de evidencia

Órdenes de servicio, respuestas institucionales y comunicaciones previas.

ÍNDICE A

A. Órdenes de servicio y expedientes contractuales

Rutas directas hacia la carpeta general de cada OS y el expediente remitido institucionalmente.

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ÍNDICE B

B. Solicitudes de información y respuestas institucionales

Solicitudes, respuestas oficiales y utilidad probatoria dentro del caso Ricardo Cubas.

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ÍNDICE C

C. Correos y comunicaciones previas

Comunicaciones que permiten reconstruir advertencias previas y hechos relevantes para la evaluación.

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ANEXOS

Anexos técnicos 01–08

Cuadros de organización y contraste técnico-documental del caso Ricardo Cubas.

ANEXO 1

Anexo 01 · Identificación y naturaleza tecnológica de las contrataciones

Naturaleza tecnológica, clasificación SIGA, régimen aplicable y resultado del contraste respecto de la intervención de OTI.

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ANEXO 2

Anexo 02 · Cronología, continuidad contractual y monto

Sucesión temporal de requerimientos, periodos, montos y proximidad entre prestaciones.

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ANEXO 3

Anexo 03 · Intervinientes y actuaciones funcionales

Actuaciones documentadas en formulación, validación interna, evaluación de propuestas y tramitación.

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ANEXO 3.1

Anexo 03.1 · Síntesis de individualización preliminar

Resumen por servidor o interviniente y aspectos concretos que corresponde evaluar.

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ANEXO 4

Anexo 04 · Ruta de control técnico OTI vs. ruta documental identificada

Diferencia entre validación del área usuaria y revisión técnica institucional atribuida a OTI.

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ANEXO 5

Anexo 05 · Contraste entre TDR y ejecución material identificada

Comparación entre objeto formal, funciones del TDR y actividades materialmente identificadas.

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ANEXO 6

Anexo 06 · Evolución de requisitos del perfil

Evolución de formación, experiencia, cursos, facturación mínima y resultado documental de la evaluación.

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ANEXO 7

Anexo 07 · Contraste competitivo – participación de Alan Ortiz

Efecto concreto de determinados requisitos del TDR de la OS 263-2025 sobre otro participante.

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ANEXO 8

Anexo 08 · Comunicaciones previas y reiteración de advertencias

Correos institucionales anteriores a la denuncia y su relación con continuidad, OTI, TDR y perfil.

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ANEXO 8.1

Anexo 08.1 · Delimitación de la declaración testimonial

Contraste documental del alcance de la declaración de Marcela Coronel.

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